La reciente ampliación del plazo para subsanar la generación del Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) y del Registro de Compras Electrónico (RCE) mediante el SIRE hasta el 28 de febrero de 2027 plantea una cuestión relevante sobre la adaptación de los contribuyentes a los sistemas de registros electrónicos. La medida comprende los períodos de agosto a diciembre de 2026 y enero de 2027, otorgando un mayor margen para regularizar errores y efectuar los ajustes correspondientes. 

La prórroga puede ser entendida como una medida que busca facilitar el cumplimiento tributario, especialmente considerando que la implementación de sistemas electrónicos exige que las empresas adapten sus procesos contables y verifiquen constantemente la información registrada. Sin embargo, una ampliación de plazo no significa que desaparezcan las obligaciones del contribuyente, sino que se concede un período adicional para cumplirlas correctamente y subsanar las inconsistencias que puedan presentarse.

Desde esta perspectiva, la decisión de SUNAT resulta relevante porque el cumplimiento tributario no debería depender únicamente de la imposición de sanciones, sino también de que los contribuyentes cuenten con condiciones razonables para adecuarse a las nuevas herramientas de control. El reto estará en que este plazo adicional permita una verdadera adaptación al SIRE y no simplemente postergue las dificultades que enfrentan las empresas para cumplir adecuadamente con sus obligaciones tributarias.



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