La superintendencia de banca, seguros y AFP (SBS) modificó los límites aplicables a las operaciones realizadas mediante los establecimientos de operaciones básicas (EOB), con el objetivo de facilitar el acceso a los servicios financieros, especialmente en zonas rurales o de difícil acceso a los servicios financieros. De acuerdo con la resolución SBS N° 2116-2026, los retiros y depósitos vínculos a operaciones de crédito podrán realizarse hasta por 6 UIT, mientras que para las demás operaciones se mantiene el límite de 2 UIT. Con ello, los EOB podrán atender de manera más oportuna las necesidades de efectivo de los usuarios, sin que estos dependan exclusivamente de las oficinas tradicionales.

Asimismo, se amplía de manera excepcional el límite diario de efectivo que pueden mantener los EOB, pasando de 10 UIT a 30 UIT. Esta medida busca responder a una mayor demanda de efectivo y fortalecer estos establecimientos como canales complementarios de atención financiera. No obstante, este incremento se encuentro sujeto a la implementación de medidas de control acordes con el nivel de riesgo asumido por las entidades como la presentación ante la SBS del informe de riesgos correspondientes cuando se incorporen nuevos productos o realicen cambios importantes.

 En ese sentido, la medida busca un equilibrio entre facilitar el acceso a los servicios financieros y garantizar una adecuada gestión de los riesgos. El incremento de los límites puede beneficiar principalmente a los nuevos usuarios que se encuentran alejados de las oficinas bancarias, permitiéndoles realizar operaciones como desembolsos, pagos de cuotas, prepagos y cancelaciones de créditos con mayor facilidad. A su vez, el mantenimiento de mecanismos de control permite que esta ampliación de los canales de atención se realice bajo condiciones que contribuyan a reservar la seguridad y estabilidad del sistema financiero.



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